Secretaría de la Función Pública

 

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Comités Técnicos de Profesionalización

Están integrados por:

  • El Oficial Mayor de la dependencia o su equivalente, quien lo presidirá;
  • El titular de la Dirección General de Recursos Humanos de la dependencia, o bien, por el servidor público de carrera del área de recursos humanos que designe el titular de la dependencia cuando en la misma no se cuente con aquél o se encuentre vacante el puesto. Dicho servidor público fungirá como secretario técnico, y
  • Un representante de la Secretaría, que será el titular del Órgano Interno de Control en la dependencia, salvo que la propia Secretaría designe a otro servidor público.

Atribuciones:

Los Comités Técnicos de Profesionalización en la dependencias deberán analizar la pertinencia de que subsistan los Comités Técnicos de Profesionalización en los órganos administrativos desconcentrados.

Sólo el Presidente de los Comités Técnicos de Profesionalización en las dependencias, representa a éstas en el Consejo Consultivo del Servicio Profesional de Carrera.

Las designaciones de Representantes de la Secretaría de la Función Pública vigentes a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento, no sufren modificación alguna.

Comités Técnicos de Selección

Están integrados por:

  • El superior jerárquico inmediato del puesto vacante, quien lo presidirá;
  • Un representante de la Secretaría, que será el titular del Área de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno del Órgano Interno de Control en la dependencia o, en su caso, en el órgano administrativo desconcentrado de que se trate, salvo que la misma Secretaría designe a otro servidor público.
  • A falta de dicho titular, fungirá como representante de la Secretaría, el titular del Área de Auditoría o del Área de Auditoría Interna, según corresponda, y
  • El titular de la DGRH o por el servidor público del área de recursos humanos de la dependencia o del órgano administrativo desconcentrado que designe el Comité Técnico de Profesionalización, quien fungirá como Secretario Técnico.

Atribuciones:

Las designaciones de Representantes de la Secretaría de la Función Pública vigentes a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento, no sufren modificación alguna.

El Comité Técnico de Profesionalización designa al Representante de la DGRH o equivalente en un órgano administrativo desconcentrado cuando en éste está vacante el puesto o no existe esa unidad administrativa o área.

La Secretaría de la Función Pública designará al Representante de ésta en los concursos de puestos vacantes que correspondan a los Órganos Internos de Control.


 

 

 

 

 

 

un buen trabajo en un buen gobierno